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Alerta Mercado de Capitales- Marzo 2022

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Modifican la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema De Seguros y Orgánica de la Superintendencia De Banca Y Seguros (la “Ley General”)

Mediante el Decreto Legislativo N° 1531 (el “Decreto”), publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de marzo último, se aprobaron diversas modificaciones a la Ley General en el marco de la delegación de facultades en materia financiera otorgada por el Congreso de la República al Poder Ejecutivo mediante la Ley N° 31380.

El Decreto entró en vigencia el 20 de marzo de 2022, salvo por las modificaciones relativas al patrimonio efectivo (ver numeral 5 abajo), las cuales entrarán en vigencia el 1 de enero del 2023 conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto.

Entre los cambios principales se encuentran los siguientes:

  1. Nuevo tipo de empresa supervisada: Empresas de Crédito

Se dispone la creación de un nuevo tipo de empresa de operaciones múltiples denominada “Empresa de Créditos”, cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento en las diversas modalidades, con recursos de su propio capital y de otras fuentes que no incluyan depósitos del público. El capital mínimo requerido para las Empresas de Crédito asciende a S/ 678,000.00[1].

Las Empresas de Crédito reemplazan a la denominada “Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa – EDPYME”, por lo que toda referencia a esta última en la Ley General, debe entenderse aplicable a la primera.

  1. Régimen diferenciado para empresas del sistema financiero no autorizadas para captar depósitos del público:

    • Enfoque de supervisión simplificado y proporcional a los riesgos de estas empresas por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (“SBS”);
    • Causales especiales de revocación de certificado de autorización de funcionamiento;
    • Apertura de sucursales o agencias, sea en el país o en el exterior, no requiere autorización de la SBS; y,
    • No aplica el régimen de vigilancia, intervención o disolución y liquidación previsto en la Ley General.
  1. Comisiones, gastos y similares

Se introduce un nuevo régimen para las tarifas, comisiones, gastos y conceptos similares que cobran las empresas del sistema financiero y las empresas del sistema de seguros, estableciéndose sus requisitos, incluyendo la aprobación de la SBS.

  1. Autorización de Funcionamiento

El certificado de autorización de funcionamiento expedido por la SBS ya no deberá estar exhibido permanentemente en la oficina principal de la empresa supervisada; bastará con que el mismo se encuentre accesible al público de manera permanente.

Se incorpora la facultad de la SBS para cancelar el certificado de autorización de funcionamiento a solicitud de la propia empresa supervisada, y de revocarlo si dicha empresa supervisada no inicia operaciones en el plazo máximo que establezca la SBS, el cual no puede ser superior a un año, o si deja de desarrollar el objeto social para el cual fue autorizada.

  1. Requerimientos de Patrimonio Efectivo y Solvencia (adecuación a Basilea III)

Se modifica el régimen del patrimonio efectivo, entre otros aspectos, en lo siguiente:

  • Su estructura se compone únicamente del patrimonio efectivo de nivel 1 (capital ordinario y capital adicional de nivel 1) y de nivel 2, modificándose la forma en que se efectúa su cálculo, incluyendo el de la deuda subordinada;
  • La SBS puede establecer las características que deben reunir los elementos elegibles para el patrimonio efectivo de nivel 1 y de nivel 2, así como regular las deducciones en cada uno de los niveles del patrimonio efectivo;
  • El patrimonio efectivo está destinado a cubrir también otros requerimientos de capital establecidos por encima del límite global, además del riesgo de crédito, de mercado y operacional;
  • Se establecen nuevos límites en el cómputo del patrimonio efectivo;
  • Para el cálculo del requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo operacional, las empresas deben utilizar los métodos que establezca la SBS;
  • Las empresas deben contar con un proceso para evaluar la suficiencia de su patrimonio efectivo en función a su perfil de riesgo, lo cual será responsabilidad del directorio;
  • Se modifican las causales de sujeción a régimen de vigilancia o intervención por la SBS en función al patrimonio efectivo.

Además, se modifican los requerimientos de solvencia para las empresas supervisadas, y se establece la obligación de contar con colchones de conservación, por ciclo económico y por riesgo por concentración de mercado.

  1. Digitalización

Se dispone que todas las empresas reguladas por la Ley General podrán realizar de manera digital todas las operaciones para las que se encuentran autorizadas.

De igual forma, todas las publicaciones a las que haga referencia la Ley General para actuaciones administrativas se podrán realizar por vía electrónica o digital.

  1. Otras modificaciones

    • Se reduce el capital mínimo de las Empresa de Transporte, Custodia y Administración de Numerario a la suma de S/ 14 627 717,00[2].
    • En el marco de la solicitud de autorización para organizar empresas reguladas por la Ley General, se podrá presentar tanto un depósito en garantía por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del capital mínimo como cualquier otro instrumento financiero que cumpla con la misma finalidad, por dicho monto.
    • Se actualiza el glosario de términos de la Ley General, precisándose, entre otros, cuáles son las empresas autorizadas a captar recursos del público y qué se entiende por intermediación financiera.
    • Las autorizaciones a empresas de servicios complementarios y conexos, así como su supervisión por parte de la SBS, se basará en el volumen de operaciones y/o en un enfoque basado en riesgos.

[1] Cifra que se actualiza conforme al artículo 18° de la Ley General, en función al Índice de Precios al Por Mayor que, con referencia a todo el país, publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística e Informática, tomando como base el índice correspondiente a octubre de 1996.

[2] Cifra actualizable según lo señalado en la nota 1.