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Alerta Pesquera – Agosto 2020

Pesquero
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Disponen que la 2da temporada de pesca de anchoveta de 2019 no será contabilizada para el cumplimiento de extracción de 80% de la cuota

Mediante RM 285-2020-PRODUCE publicada hoy jueves 27 de agosto de 2020, se dispuso que la segunda temporada de pesca de anchoveta y anchoveta blanca del año 2019, no será tomada en cuenta para los efectos del cumplimiento de la extracción mínima del 80% del Límite Máximo de Captura por Embarcación – LMCE, a que se refiere el numeral 1 del artículo 11 del DS 021-2008-PRODUCE – Reglamento del Decreto Legislativo 1084 (Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación). 

Dictan disposiciones sobre autorización de operaciones en puertos y astilleros peruanos a embarcaciones pesqueras de bandera extranjera que pesquen en alta mar, recursos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos

Mediante DS 016-2020-PRODUCE publicado hoy jueves 27 de agosto de 2020, se dictaron disposiciones y condiciones para permitir el acceso a puertos y astilleros peruanos, a embarcaciones pesqueras de bandera extranjera que extraigan en alta mar, recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos.

Así por ejemplo, las embarcaciones que extraigan recursos transzonales o transfronterizos deberán tener necesariamente instalado y operativo el Sistema de Seguimiento Satelital del PRODUCE y las embarcaciones que extraigan recursos altamente migratorios deberán presentar al PRODUCE un reporte y diagrama del posicionamiento satelital (track) desde el último zarpe hasta el ingreso. Asimismo, y para todos los casos, deberán emitir señal bajo el Sistema de Identificación y Monitoreo del Tráfico Acuático – SIMTRAC de la Autoridad Marítima Nacional.

Dichas embarcaciones deberán encontrarse autorizadas a operar en el ámbito de organismos regionales, de ser el caso y no deberán encontrarse en lista definitiva o final de embarcaciones incursas en pesca ilegal, no declarada y no reglamentada de Organismos Regionales de Ordenación Pesquera.