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Alerta Regulatoria – Febrero 2023

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Aprueban procedimiento para realizar control previo de operaciones de concentración comprendidas en la Ley 31112 y su Reglamento, cuando no exista un procedimiento de autorización específico establecido por la SBS.

El jueves 16 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución SBS 00511-2023 (la “Resolución”), emitida por la Superintendencia de Banca, Seguros Administradoras de Fondos de Pensiones (“SBS”), que aprueba el “Procedimiento para realizar control previo de operaciones comprendidas en la Ley 31112 y su Reglamento, cuando no se haya contemplado en la regulación un procedimiento de autorización específico establecido por esta Superintendencia”.

La presente norma se emite en el marco de lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 31112, con el objeto de regular el procedimiento de autorización ante la SBS para el control previo de las operaciones de concentración empresarial en el sector financiero, para las cuales la SBS no ha establecido un procedimiento específico.

Específicamente, la norma se aplica a las empresas del sistema financiero que captan depósitos del público o empresas de seguros, y cuyas operaciones podrían calificar como concentraciones empresariales bajo el alcance de la Ley 31112. Luego de la evaluación de la SBS, se determinará si los agentes deben acudir al INDECOPI para obtener la autorización regulada en la Ley 31112.

El procedimiento será aplicable siempre que la SBS no haya establecido un procedimiento de autorización específico para la operación de concentración.

Ahora bien, para poder tramitar este procedimiento, será necesario que el solicitante remita a la SBS, entre otra, la siguiente información:

i) Descripción detallada de la operación, indicando los objetivos, las partes intervinientes y el monto involucrado;

ii) Informe de análisis de los riesgos asociados a la operación, y su impacto en el perfil de riesgos y solvencia de la empresa y su grupo económico, emitido por el Comité de Riesgos u órgano equivalente de la empresa; y

iii) Evaluación para determinar que la operación se encuentra comprendida en la Ley 31112, incluyendo el cálculo de los umbrales según lo establecido en el artículo 6 de la norma citada.

Finalmente, es importante mencionar que la presente norma entra en vigencia a partir del día de hoy, 17 de febrero 2023.


Para mayor información, por favor contactar a Verónica Sattler (vsattler@estudiorodrigo.com), Ítalo Carrano (icarrano@estudiorodrigo.com) y/o Fiorella Monge (fmonge@estudiorodrigo.com).