El miércoles 8 de marzo de 2023 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Ministerial Nº 237-2023-MTC/01, mediante la cual se dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la actualización del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF y su Anexo en la sede digital del Ministerio, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía dentro del plazo de 10 días hábiles. Para ello, el MTC tomó en cuenta –entre otros– los Informes Nos. 0001-2023-MTC/26.03 y 0003-2023-MTC/26.03 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones.
En el proyecto de PNAF se precisan las atribuciones de cada banda de frecuencia, conforme se aprecia en el cuadro de la Sección IV del proyecto de norma. Conforme a ello, también se han modificado algunas notas y observaciones al cuadro de atribución de frecuencias de la Sección V, además de consolidar una serie de cambios previos que habían sido realizados mediante resoluciones ministeriales posteriores a la publicación del PNAF[1].
Por ejemplo, la nota de aplicación general 1 actualmente señala que el mecanismo de concurso público de ofertas para la asignación del espectro radioeléctrico para determinadas bandas establecido en el PNAF “no se aplicará a los titulares de concesiones y/o autorizaciones que migren de acuerdo al artículo 224º del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones”. Esta nota se refiere al artículo 224º del derogado TUO del Reglamento[2], que establecía las causales de modificación de oficio de una frecuencia asignada. Atendiendo a ello, el texto propuesto corrige la referencia normativa citando el artículo 217º del TUO del Reglamento vigente[3], conforme al siguiente detalle:
“Las modificaciones de oficio de frecuencias asignadas, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 217 del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones u otras disposiciones previstas en la normativa para el reordenamiento de las bandas o frecuencias asignadas, no se encuentran sujetas al mecanismo de concurso público de ofertas”.
Además, la propuesta normativa agrega que “en caso de bandas de frecuencias fuera de la Provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, la asignación del espectro radioeléctrico requerida para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y atribuidas a título primario, se realiza por concurso público, salvo disposición normativa que establezca lo contrario y para los casos de radioenlaces digitales para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en las bandas atribuidas como tales en el PNAF”.
Con ello, la propuesta de nota de aplicación general 1 no solo recoge el cambio normativo sobre las causales para modificar de oficio una frecuencia asignada, sino que también incorpora supuestos en los cuales la asignación de espectro se realizará mediante concurso público.
En el siguiente link exponemos las principales propuestas de modificación a ciertas notas específicas relacionadas con la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, comparándolas con el texto vigente:
[1] En efecto, el PNAF fue aprobado mediante Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03, publicado el 3 de abril de 2005, y a partir de ese momento ha sufrido una serie de modificaciones que no habían sido recogidas en alguna versión oficial del PNAF.
[2] Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, publicado el 15 de julio de 2004.
[3] Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, publicado el 04 de julio de 2007.
Para mayor información, por favor contactar a Maria del Rosario Quiroga (rquiroga@estudiorodrigo.com) y/o Andrea Morelli (amorelli@estudiorodrigo.com).