La Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) aprueba modificación del Reglamento Interno de CAVALI S.A. I.C.L.V. (“CAVALI”), aprobado por Resolución CONASEV N° 057-2002-EF/94.10 (el “Reglamento Interno”). A través de la Resolución SMV N° 009-2023-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de setiembre de 2023, la SMV aprobó la modificación del artículo 8º del Capítulo I “De las Disposiciones Generales” y de los artículos 5º y 6º del Capítulo IV “Del Registro Contable” del Reglamento Interno con la finalidad de:
• Retirar a la Gerencia de Cumplimiento de la lista de órganos que conforman el sistema de control interno de CAVALI,
• Permitir las transferencias fiduciarias del patrimonio fideicometido hacia el (los) fideicomisario(s) o beneficiario(s) y no solo al fideicomitente, y,
• Ampliar el plazo máximo de atención y rechazo de las solicitudes de cambio de titularidad, de dos a cinco días, salvo los supuestos de excepción que se detallan en la norma.
La SMV aprueba el Reglamento de Gestión de Riesgo de Crédito (el “RGRC”). A través de la Resolución SMV N° 010-2023-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de setiembre de 2023, la SMV aprobó el RGRC, el cual tiene las siguientes características principales:
• Es aplicable a las entidades a las que la SMV otorga autorización de funcionamiento, con excepción de las empresas clasificadoras de riesgo que se rigen por sus propias disposiciones,
• Establece disposiciones tendientes a regular los riesgos de crédito a los que se encuentran expuestas dichas entidades así como las carteras de terceros, fondos o patrimonios autónomos que administran,
• Complementar las disposiciones contenidas en el nuevo Reglamento de Gestión Integral de Riesgos, recientemente aprobado por la Resolución SMV N°001-2023-SMV/01, que establece criterios mínimos para que dichas entidades desarrollen su gestión integral de riesgos,
• Entre las principales obligaciones que establece se encuentran las siguientes:
La SMV aprueba el Régimen de Gradualidad de Sanciones por presentación extemporánea de información financiera, memoria anual y hechos de importancia (el “Régimen de Gradualidad”). A través de la Resolución SMV N° 007-2023-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de setiembre de 2023, la SMV aprobó un nuevo Régimen de Gradualidad de Sanciones por presentación extemporánea de información financiera, memoria anual y hechos de importancia (“Régimen”).
El Régimen sustituye los Criterios aplicables al procedimiento administrativo sancionador por incumplimiento de las normas que regulan la remisión de información periódica o eventual, aprobados por Resolución SMV N° 006-2012-SMV/01 (“Criterios”), a la luz de la aprobación de los Decretos Legislativos Nos. 1272 y 1452, que introdujeron diversas modificaciones a la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, particularmente con relación al procedimiento administrativo sancionador, estableciendo nuevos criterios a tener en cuenta para la imposición de sanciones así como el reconocimiento de condiciones eximentes y atenuantes de responsabilidad administrativa, la aprobación de un nuevo Reglamento de Sanciones, mediante Resolución SMV N° 035-2018-SMV/01, y la casuística.
Las principales características del Régimen son los siguientes:
• Es aplicable a los emisores con valores inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores, personas jurídicas inscritas en los registros a cargo de la SMV y demás personas obligadas a presentar información a dicha entidad,
• Establecen parámetros para la aplicación de sanciones en caso de presentación extemporánea de información financiera individual o consolidada anual auditada, estados financieros intermedios individuales o consolidados, memoria anual y hechos de importancia, tipificados como infracciones leves en el Reglamento de Sanciones,
• Entre las principales novedades respecto a los Criterios se encuentran las siguientes:
La SMV autoriza la difusión del proyecto de Normas sobre preparación, presentación y difusión de Estados Financieros, Memoria Anual e Informe de Gerencia aplicables a las entidades supervisadas por la Superintendencia del Mercado de Valores. A través de la Resolución SMV N° 008-2023-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de setiembre de 2023, la SMV aprobó la difusión del proyecto en mención.
La SMV difusión del proyecto que modifica el Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión y de las Bases para el proceso de selección de entidad valorizadora. A través de la Resolución SMV N° 006-2023-SMV/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 y el 20 de setiembre de 2023, la SMV autorizó la difusión del proyecto mencionado.