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Boletín Pesquero – Abril 2020

Pesquero

VEDAS Y AUTORIZACIONES

I. Modifican la cuota de captura del recurso bonito y dictan diversas disposiciones

Mediante Resolución Ministerial N° 126-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de abril de 2020, se modifica el primer párrafo del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2020-PRODUCE, el cual queda redactado con el siguiente texto:

“Artículo 1.- Establecimiento del límite de captura del recurso bonito

1.1 Establecer el límite de captura del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) para el período 2020, en setenta y seis mil (76,000) toneladas, aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones artesanales y aquellas embarcaciones cuyo derecho administrativo lo autorice.

(…).

II. Establecen límite de captura del recurso tiburón martillo, correspondiente al período 2020

Mediante Resolución Ministerial N° 127-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 14 de abril de 2020, se establece el límite de captura del recurso tiburón martillo (Sphyrna zygaena) en cuatrocientos cincuenta y tres (453) toneladas, correspondiente al período 2020.

III. Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019

Mediante Resolución Directoral N° 008-2020-PNIPA-DE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de abril de 2020, se autoriza el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019 en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura, respectivamente, hasta por la suma de S/ 1´187,191.38 (Un millón ciento ochenta y siete mil ciento noventa y uno con 38/100 soles).

IV. Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019

Mediante Resolución Directoral N° 009-2020-PNIPA-DE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de abril de 2020, se autoriza el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas), que ejecutarán los Subproyectos adjudicados de innovación, en el marco del Concurso PNIPA 2018- 2019, (4ta. Ventanilla), en las categorías de: Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Acuicultura, respectivamente, hasta por la suma de S/ 3´176,575.69 (Tres millones ciento setenta y seis mil quinientos setenta y cinco con 69/100 soles).

V. Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivada de los Concursos PNIPA 2017-2018 y 2018-2019

Mediante Resolución Directoral N° 010-2020-PNIPA-DE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de abril de 2020, se autoriza el otorgamiento de subvenciones a favor de las Entidades Ejecutoras (personas jurídicas privadas) que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y Acuicultura derivados de los Concursos PNIPA 2017- 2018 y 2018-2019 en las categorías de: Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico (SIADE), Investigación Adaptativa (SIA), Servicio de Extensión (SEREX), y Fortalecimiento de Capacidades en Servicios de I+D+i (SFOCA), en Pesca y Acuicultura, respectivamente, hasta por la suma de S/ 2´370,177.53 (Dos millones trescientos setenta mil ciento setenta y siete con 53/100 soles).

VI. Suspenden actividades extractivas del recurso Merluza realizadas por embarcaciones arrastreras en zona del dominio marítimo peruano

Mediante Resolución Directoral N° 131-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 24 de abril de 2020, se suspende la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizada por embarcaciones arrastreras, entre los 04°40’S y 05°00’S del dominio marítimo peruano, por un período de siete (7) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 25 de abril de 2020.

VII. Dan por finalizada la suspensión de la actividad extractiva del recurso merluza, establecida por R.M. N° 067-2020-PRODUCE

Mediante Resolución Ministerial N° 133-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 30 de abril de 2020, se da por finalizada la suspensión de la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) establecida por Resolución Ministerial N° 067-2020-PRODUCE; autorizándose el reinicio de la actividad extractiva del citado recurso, realizada por embarcaciones arrastreras, entre el límite norte del dominio marítimo peruano y los 04°00’S, a partir de las 00:00 horas del 1 de mayo de 2020.

NORMATIVA GENERAL

I. Aprueban “Guía para el establecimiento, implementación y reforzamiento de medidas preventivas en infraestructuras pesqueras y acuícolas frente a la propagación del COVID-19

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 027-2020-SANIPES-PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 7 de abril de 2020, se aprueba el documento denominado “Guía para el establecimiento, implementación y reforzamiento de medidas preventivas en infraestructuras pesqueras y acuícolas frente a la propagación del COVID-19”.

II. Decreto Supremo que establece medidas para garantizar la continuidad del desarrollo de la acuicultura por parte de los titulares de autorizaciones de repoblamiento en ecosistemas marinos

Mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-PRODUCE, publicado en el diario oficial “El Peruano” el 24 de abril de 2020, se establecen medidas para garantizar la continuidad del desarrollo de la acuicultura por parte de los titulares de autorizaciones de repoblamiento en ecosistemas marinos, otorgadas en el marco de la Ley Nº 27460, Ley de Promoción y Desarrollo de la Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2001-PE, mediante la adecuación a las categorías productivas establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1195, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Acuicultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2016-PRODUCE.