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Boletín Pesquero – Agosto 2020

Pesquero

VEDAS Y AUTORIZACIONES

I. Dan por concluida la Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta y anchoveta blanca correspondiente a la Zona Norte – Centro, y dictan otras disposiciones

Mediante Resolución Ministerial Nº 263-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 06 de agosto de 2020, se da por concluida la Primera Temporada de Pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) correspondiente a la Zona Norte – Centro, en el área marítima comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º00’LS, a partir de las 00:00 horas del día 15 de agosto de 2020. La descarga del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) extraído en el marco de la Primera Temporada de Pesca 2020 en la Zona Norte – Centro, debe ser efectuada dentro de las 24 horas de concluida la temporada.El procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) extraído en el marco de la Primera Temporada de Pesca 2020 en la Zona Norte – Centro, debe ser efectuado dentro de las 48 horas de concluida la temporada.

II. Autorizan al IMARPE la ejecución de una Pesca Exploratoria del recurso perico o dorado desde el 05 hasta el 30 de setiembre de 2020

Mediante Resolución Ministerial Nº 274-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 21 de agosto de 2020, se autoriza al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de una Pesca Exploratoria del recurso perico o dorado (Coryphaena hippurus), desde el 05 hasta el 30 de setiembre de 2020, con el objetivo de obtener información biológica-pesquera del citado recurso. Podrán participar en la Pesca Exploratoria las personas naturales o jurídicas que cuenten con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones artesanales, incluyendo los otorgados en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2016-PRODUCE y modificatorias, que utilicen bitácora de pesca, y cumplan con las disposiciones señaladas en el artículo 3 de la referida Resolución Ministerial.

III. Suspenden la actividad extractiva del recurso Merluza realizada por embarcaciones arrastreras, entre los 05°00’S y 05°20’S del dominio marítimo peruano

Mediante Resolución Ministerial Nº 282-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 24 de agosto de 2020, se suspende  la actividad extractiva del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) realizada por embarcaciones arrastreras, entre los 05°00’S y 05°20’S del dominio marítimo peruano, por un período de siete (7) días calendario, a partir de las 00:00 horas del 25 de agosto de 2020.

IV. Determinan, excepcionalmente, que la Segunda Temporada de Pesca del recurso anchoveta y anchoveta blanca de la Zona Norte – Centro del año 2019, no será considerada para el cumplimiento por parte de los armadores de la obligación de extraer el 80% del Límite Máximo de Captura por Embarcación – LMCE”

Mediante Resolución Ministerial Nº 285-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27 de agosto de 2020, se determina excepcionalmente, que la Segunda Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) de la Zona Norte – Centro del año 2019, no será considerada para el cumplimiento por parte de los armadores de la obligación de extraer el 80% del Límite Máximo de Captura por Embarcación – LMCE conforme a la disposición contenida en el numeral 1 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE.

NORMATIVA GENERAL

I. Decreto Supremo que aprueba lineamientos para la autorización de colecta de recursos hidrobiológicos para el levantamiento de línea de base de estudios ambientales e instrumentos de gestión ambiental complementarios o para monitoreos hidrobiológicos previstos en dichos documentos

Mediante Decreto Supremo Nº 013-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 01 de agosto de 2020, se aprueban los “Lineamientos para la autorización de colecta de recursos hidrobiológicos para el levantamiento de línea de base de estudios ambientales e instrumentos de gestión ambiental complementarios o para monitoreos hidrobiológicos previstos en dichos documentos. Los lineamientos resultan de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que requieran realizar actividades de colecta de recursos hidrobiológicos, las unidades de organización del Ministerio de la Producción, así como los organismos públicos competentes, en lo que resulte aplicable.

II. Aprueban el “Protocolo para la clasificación de plantas de procesamiento en el marco de la fiscalización sanitaria por procesos basada en riesgos”

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 051-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 04 de agosto de 2020, se aprueba el “Protocolo para la clasificación de plantas de procesamiento en el marco de la fiscalización sanitaria por procesos basada en riesgos”, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

III. Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 006-2016-PRODUCE, establecen disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas

Mediante Decreto Supremo Nº 015-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 13 de agosto de 2020, se modifican los artículos 4, 5 y 6 del Decreto Supremo N° 006-2016-PRODUCE, mediante el cual se establecen disposiciones generales para el fortalecimiento de la pesca artesanal en las cadenas productivas. Asimismo, se deroga Única Disposición Complementaria Transitoria del referido decreto supremo.

IV. Aprueban la implementación del “Proyecto Piloto para optimizar criterios sanitarios para el procesamiento de productos pesqueros para consumo humano directo con fines de exportación”

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 056-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de agosto de 2020, se aprueba la implementación del “Proyecto Piloto para optimizar criterios sanitarios para el procesamiento de productos pesqueros para consumo humano directo con fines de exportación”, por el periodo de un (01) año desde el 15 de agosto de 2020 hasta el 15 de agosto de 2021, según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 012-2020-PRODUCE.

V. Aprueban el “Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto”

Mediante Resolución Ministerial Nº 271-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 15 de agosto de 2020, se aprueba  el “Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto”. Los titulares de los establecimientos industriales pesqueros que cuentan con licencia de operación vigente para el procesamiento de productos hidrobiológicos destinados para el consumo humano directo e indirecto, deberán presentar al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), los resultados de análisis físico-químico y los informes correspondientes según corresponda, con la frecuencia y plazos establecidos en el Protocolo para el Monitoreo de Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto aprobado por el artículo 1 de la referida Resolución Ministerial.

VI. Disponen publicar proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras-Punta Coles (RNSIIPG-Punta Coles), ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua”

Mediante Resolución Ministerial Nº 272-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 16 de agosto de 2020, se dispone la publicación del proyecto de “Resolución Ministerial que aprueba las medidas de conservación y ordenamiento para el aprovechamiento sostenible del recurso pulpo (Octopus mimus) en el ámbito de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras-Punta Coles (RNSIIPG-Punta Coles), ubicada en la provincia de Ilo, departamento de Moquegua”, así como de los correspondientes Anexos, en en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de cinco (05) días calendario, contados desde el 17 de julio de 2020.

VII. Aprueban el “Procedimiento Técnico Sanitario para la vigilancia de enfermedades que afectan a los recursos hidrobiológicos”

Mediante Resolución Ministerial Nº 058-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 19 de agosto de 2020, se aprueba el “Procedimiento Técnico Sanitario para la vigilancia de enfermedades que afectan a los recursos hidrobiológicos”

VIII. Actualizan modelo de control y determinadas frecuencias de ensayo de los contaminantes químicos a que se refiere el “Manual de Indicadores Sanitarios y de Inocuidad para los Productos Pesqueros y Acuícolas para Mercado Nacional y de Exportación”

Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 059-2020-SANIPES/PE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 19 de agosto de 2020, se resuelve actualizar el modelo de control y de determinadas frecuencias de ensayo de los contaminantes químicos (metales pesados y ambientales).

IX. Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 016-2016-PRODUCE, Establecen medidas para autorizar operaciones en puertos y astilleros peruanos de embarcaciones de bandera extranjera que realizan actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos en alta mar

Mediante Decreto Supremo Nº 016-2020-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 27 de agosto de 2020, se modifica las condiciones para el arribo a puertos nacionales, establecidas en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 016-2016-PRODUCE, Establecen medidas para autorizar operaciones en puertos y astilleros peruanos de embarcaciones de bandera extranjera que realizan actividades pesqueras de recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos en alta mar.

NOMBRAMIENTOS

I. Designan Asesora II de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES

Mediante Resolución Jefatural Nº 073-2020-FONDOPES/J, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 05 de agosto de 2020, se designa a la señora María Teresa Ramírez – Otárola Sarmiento en el cargo de Asesora II de la Jefatura del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero.

II. Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura

Mediante Resolución Ministerial Nº 00268-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 13 de agosto de 2020, se designa al señor Raúl Armando Flores Romani, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.

III. Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura

Mediante Resolución Ministerial Nº 00269-PRODUCE, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 23 de agosto de 2020, se designa al señor Cesr Augusto Yonashiro Ynafuku en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción.