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ÁREAS DE PRÁCTICA

Boletín Pesquero – Enero 2024

BOLETINES

VEDAS Y AUTORIZACIONES 

I. ESTABLECE RÉGIMEN ESPECIAL DE PESCA DE ANGUILA PARA EL 2024  

Mediante Resolución Ministerial N° 003-2024-PRODUCE, publicada el 5 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se estableció un Régimen Provisional para la extracción del recurso anguila para el 2024, con una cuota de 5,800 toneladas. Dicho régimen es para las embarcaciones pesqueras de mayor escala con permiso de pesca vigente para dicho recurso. 

II. DECLARAN LA CONCLUSIÓN DE LA SEGUNDA TEMPORADA DE PESCA INDUSTRIAL DE ANCHOVETA EN LA ZONA NORTE-CENTRO 

Mediante Resolución Ministerial N° 008-2024-PRODUCE, publicada el 12 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se dio por concluida la segunda temporada de pesca industrial de anchoveta para la zona norte-centro y partir de las 00.00 horas del día siguiente de publicada la resolución. El plazo para la descarga y procesamiento de anchoveta concluye a las 24 y 48 horas, respectivamente, de terminada la temporada. 

III. ESTABLECEN CUOTA DE CAPTURA DE PULPO EN ÁMBITO DE RESERVA NACIONAL    

Mediante Resolución Ministerial N° 009-2024-PRODUCE, publicada el 13 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se establecieron los límites de captura del recurso pulpo en 25.1 toneladas, aplicables a la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes, y Puntas Guaneras-Punta Coles, ubicada en la Provincia de Ilo, departamento de Moquegua para el 2024. 

IV. ESTABLECEN CUOTA DE CAPTURA DE BACALAO PARA EL 2024 

Mediante Resolución Ministerial N° 010-2024-PRODUCE, publicada el 18 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se establecieron los límites de captura del recurso bacalao en 186 toneladas para el 2024 y aplicable a las embarcaciones con permiso de pesca vigente para el citado recurso. 

V. AUTORIZAN AL IMARPE A REALIZAR PESCA EXPLORATORIA DE ANCHOVETA EN LA ZONA SUR 

Mediante Resolución Ministerial N° 015-2024-PRODUCE, publicada el 18 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se autorizó al IMARPE a realizar una pesca exploratoria del recurso anchoveta en la zona sur comprendida entre el paralelo 16° hasta el extremo sur del dominio marítimo, a partir del tercer día calendario de publicada la resolución y por un plazo de 10 días calendario. 

La citada pesca exploratoria se realiza con la participación de embarcaciones pesqueras de cerco de mayor escala con permiso de pesca y PMCE vigente para la zona sur. Las capturas que se realicen serán descontadas del LMCE de la siguiente temporada de cada embarcación respectiva. 

VI. DAN POR CONCLUIDA LA PESCA DE CABALLA PARA LAS EMBARCACIONES DE MAYOR ESCALA  

Mediante Resolución Ministerial N° 020-2024-PRODUCE, publicada el 24de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se dio por concluida las actividades extractivas del recurso caballa para las embarcaciones de mayor escala a partir de las 00.00 horas del día siguiente de publicada la resolución. El procesamiento, almacenamiento, comercialización y transporte del citado recurso debe contar con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que fue extraído dentro de la vigencia de las actividades extractivas. 

VII. MODIFICAN CUOTA DE CAPTURA DE PERICO DE LA TEMPORADA 2023-2024  

Mediante Resolución Ministerial N° 022-2024-PRODUCE, publicada el 26 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se modificó la cuota de perico para la temporada 2023-2024, estableciéndola en 61,000 toneladas, aplicable a la temporada de pesca de dicho recurso hasta el 30 de abril de 2024. 

VIII. ESTABLECEN CUOTA DE CAPTURA DE BONITO PARA EL 2024 

Mediante Resolución Ministerial N° 026-2024-PRODUCE, publicada el 28 de enero de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se establecieron los límites de captura para el recurso bonito en 42,415 toneladas para el 2024, aplicables a embarcaciones pesqueras de cerco mayores o iguales a 20 m3 de capacidad de bodega y con la siguiente distribución: 

  • 23,319 toneladas de enero al 30 de abril 
  • 2,082 toneladas del 1 de julio al 31 de agosto 
  • 7,263 toneladas del 1 de setiembre al 31 de octubre 
  • 6,205 toneladas del 1 de noviembre al 31 de diciembre 

NORMATIVA GENERAL 

I. APRUEBAN MEDIDAS Y FACILIDADES PARA EL OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO POR PARTE DE SANIPES  

Mediante Decreto Supremo N° 001-2024-PRODUCE publicado en el diario oficial “El Peruano” del 30 de enero de 2024 se aprobaron las medidas que debe cumplir y mantener un Operador Económico Autorizado – OEA para acceder a las facilidades que el SANIPES le otorgue. 

NOMBRAMIENTOS 

NO HAY NOMBRAMIENTOS RESALTABLES A INFORMAR