Alerta
Alerta Arbitraje - abril 2026
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abril 10, 2026
Proyecto de modificación de la Directiva de Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD)
El 9 de abril de 2026 se publicó el Proyecto de modificación de la Directiva No. 002-2025-OECE-CD (versión 2), que regula las Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD), en el marco de las modificaciones introducidas por el Decreto Supremo No. 001-2026-EF al Reglamento de la Ley No. 32069.
Principales disposiciones:
- Responsabilidades: se incorpora un acápite que establece que todos los actores comprendidos en el ámbito de aplicación de la Directiva son responsables de su cumplimiento, pudiendo su inobservancia generar responsabilidades administrativas, civiles y/o penales conforme a la normativa aplicable.
- Designación del Centro de Administración (CAJPRD): se adecúan las reglas conforme al artículo 346.3 del Reglamento, contemplando (i) acuerdo de partes, (ii) elección entre propuestas alternativas o (iii) sorteo vía SEACE (PLADICOP).
- Momento de designación del Centro: se dispone que la designación del CAJPRD debe realizarse durante el procedimiento de perfeccionamiento del contrato.
- Designación y aceptación de adjudicadores: se sistematiza el procedimiento.
- JPRD unipersonal: designación por acuerdo de partes o, en su defecto, por el Centro;
- JPRD colegiada: cada parte designa a un adjudicador y el Centro designa al tercero, quien ejerce la presidencia.
Se precisan los plazos de aceptación y las actuaciones del Centro en caso de rechazo o falta de pronunciamiento.
- Plazo de conformación de la JPRD: el plazo máximo de veintidós (22) días calendario para la designación, aceptación y suscripción del contrato tripartito se computa desde el perfeccionamiento del contrato principal.
- Sustitución de adjudicadores: se realiza conforme al mismo procedimiento previsto para la designación inicial, incluyendo requisitos y actuación del Centro.
- Cláusula modelo: se elimina el anexo de cláusula modelo de JPRD, en atención a lo previsto en las Bases Estándar.
- Otros ajustes relevantes: reglas sobre recusación, imparcialidad, uso de plataformas digitales (SEACE/PLADICOP), cómputo de plazos y sistematización normativa.
El proyecto ha sido publicado para comentarios por un plazo de quince (15) días calendario.