Alerta Comercio Exterior y Aduanas - mayo 2026
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Infracciones y Sanciones Aduaneras
Recientemente han sido aprobadas modificaciones importantes al régimen de infracciones y sanciones aduaneras que impactan en las operaciones de los actores de comercio exterior vinculados principalmente con el sector importador y de operaciones logísticas.
Ante estas modificaciones, resulta altamente recomendable efectuar una revisión preventiva de las operaciones de la empresa para establecer niveles de contingencia, así como para validar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener importantes reducciones en las multas aplicables.
A continuación, se detallan los principales aspectos:
1. Reducción de multas establecidas en la Tabla de Sanciones Aduaneras - (Decreto Supremo No. 076-2026-EF)
Se han reducido multas relacionadas con diversas infracciones aduaneras vinculadas principalmente con las operaciones de los importadores y beneficiarios de regímenes aduaneros, así como de los agentes de aduana y empresas de servicios de entrega rápida.
Estas modificaciones han implicado la recodificación de las respectivas infracciones mostradas en la Tabla de Sanciones Aduaneras.
Vigencia: A partir del 22 de mayo de 2026.
A continuación, se muestran los casos en los que se verifica una mayor reducción en la sanción aplicable:
2. Incorporación de nueva infracción y multa en la Tabla de Sanciones Aduaneras - (Decreto Supremo No. 076-2026-EF)
Se ha regulado una nueva infracción y multa aplicables al transportista o su representante en el país relacionadas con la opción (habilitada mediante el Decreto Supremo No. 076-2026-EF) de sustituir la sanción de comiso en aquellos casos de mercancía no manifestada, o que presenta diferencias con la descripción consignada en el manifiesto de carga, detectada a bordo del medio de trasporte internacional por la Administración Aduanera en el marco de una acción de control extraordinario.
Vigencia: A partir del 22 de mayo de 2026.
A continuación, se muestra esta infracción con su respectiva sanción
3. Aplicación de lineamientos para reducción de multas – (Resolución de Superintendencia No, 000084-2026-SUNAT)
Se aplican los lineamientos de circunstancias de la comisión de la infracción y de subsanación voluntaria a determinadas multas aplicables a los agentes de aduana, transportistas o su representante en el país, así como al importador, dueño o consignatario de la carga.
Lo anteriormente señalado resulta de aplicación, inclusive, a las infracciones consideradas en esta Resolución de SUNAT cometidas, detectadas o determinadas con anterioridad a su vigencia, salvo excepciones específicas (impugnaciones en curso, etc.).
Los alcances de los lineamientos específicos de circunstancias de la comisión de la infracción y de subsanación voluntaria deberán ser analizados infracción por infracción.
Vigencia: Entró en vigor el 11 de mayo de 2026.
A continuación, se muestran las infracciones sujetas a la aplicación de estos lineamientos: