Alerta

Alerta Inversión Inmobiliaria - septiembre 2026

septiembre 23, 2026

Se publica proyecto de modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos

El 23 de septiembre de 2026, se publicó la Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos 00209-2026-SUNARP/SN, la cual dispone la publicación del proyecto de modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos. La propuesta busca el tránsito hacia el "Registro Digital", incorporando la interoperabilidad con bases de datos que sean públicas, las anotaciones electrónicas y el uso asistido de la inteligencia artificial en la calificación, sin sustituir la función ni la responsabilidad del registrador.

Entre las modificaciones propuestas destacan las siguientes:

  • Fe pública registral: se incorpora expresamente que la determinación de la condición de tercero registral de buena fe corresponde exclusivamente al órgano judicial o arbitral.
  • Inteligencia artificial: se reconoce el uso de sistemas automatizados e inteligencia artificial como herramientas de apoyo.
  • Duplicidad de partidas: se plantean modificaciones al procedimiento de cierre de partidas duplicadas, incluyendo una regla según la cual, en inscripciones compatibles, podría prevalecer la partida menos antigua cuando ésta contenga el historial de dominio actualizado o independizaciones posteriores.
  • Anotaciones electrónicas: se propone crear una nueva figura registral de carácter accesorio y provisional destinada a publicitar incidencias procedimentales, medidas administrativas o situaciones jurídicas transitorias vinculadas a una partida registral. Estas anotaciones tendrían por finalidad garantizar la oponibilidad frente a terceros, la trazabilidad de la información y, según corresponda, la reserva de prioridad.
  • Impugnación judicial de resoluciones del Tribunal Registral: en línea con lo anterior, se propone reemplazar la actual conservación de la vigencia del asiento de presentación por una anotación electrónica de apelación.

El plazo para formular comentarios, aportes u observaciones al proyecto es de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación. Estos se podrán presentar a través de las áreas de trámite documentario de las oficinas registrales de todo el país, la mesa de partes virtual de la Sunarp o a los correos electrónicos: hespinoza@sunarp.gob.pe y gabad@sunarp.gob.pe.