Alerta Marítima - enero 2026
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Actualizaciones normativas de la Organización Marítima Internacional (OMI) aplicables desde el 1 de enero de 2026
1. Aviso de contenedores perdidos o a la deriva en el mar (SOLAS cap. V, reglas 31 y 32 – MSC.550(108))
¿Qué novedad trae?
Se incorporan obligaciones de reporte cuando ocurra cualquiera de estos supuestos:
· Un contenedor cae al mar (pérdida por la borda), o,
· Se detectan contenedores flotando o derivando en navegación.
¿A qué buques alcanza?
· A todos los buques sujetos a SOLAS que participen en un evento de pérdida de contenedores o que avisten contenedores a la deriva.
· Si el buque no puede emitir el reporte, la empresa asume la obligación de comunicar la información.
Recomendaciones
· Revisar el instrumento MSC.550(108) para el detalle del procedimiento.
· Verificar que el equipo de puente conozca qué datos deben reportarse y cómo debe presentarse el reporte.
2. Seguridad del fuel oil y notas de entrega de combustible (BDN) (SOLAS II-2 – MSC.520(106))
¿Qué novedad trae?
Antes de realizar el bunkering, el proveedor deberá entregar una declaración certificada que acredite que el combustible cumple con las reglas de punto de inflamación exigidas por SOLAS. En esa declaración debe indicarse el valor medido del punto de inflamación o, en su defecto, confirmarse que es igual o superior a 70 °C.
Ámbito de aplicación
Esto alcanza a todos los buques sujetos a SOLAS que utilicen fuel oil, sin importar su tamaño ni el tipo de operación o ruta comercial.
Recomendaciones
· Revisar el contenido de MSC.520(106).
· Ajustar los procedimientos internos de abastecimiento y asegurarse de que la tripulación entienda el nuevo requisito documental.
· Verificar con los proveedores de bunker que la documentación (BDN/declaración) esté alineada con la exigencia.
3. Exigencias de capacitación sobre violencia y acoso (Código STCW, Tabla A-VI/1-4 – MSC.560(108))
¿Qué novedad trae?
Se incorpora como formación obligatoria —dentro del Basic Training (PSSR)— la capacitación para prevenir y actuar frente a situaciones de bullying, acoso (incluido el sexual) y agresión sexual.
Ámbito de aplicación
· A todo personal de mar que esté realizando o completando el Basic Training (PSSR) conforme al STCW.
· A las academias y entidades de formación que dictan estos cursos.
· A armadores y gestores de buques, que deben garantizar que la tripulación embarcada cuente con la calificación exigida.
Recomendaciones
· Revisar el instrumento MSC.560(108).
· Verificar que departamentos de tripulación, agencias de contratación y centros de formación ya hayan incorporado los nuevos requisitos en sus programas y procesos.
4. Requisitos del Polar Code para buques más pequeños / no sujetos a SOLAS (SOLAS XIV / Código Polar – MSC.532(107) y MSC.538(107))
¿Qué novedad trae?
Las exigencias del Polar Code sobre navegación y planificación del viaje se extienden ahora a ciertos buques no sujetos a SOLAS de menor tamaño cuando operen en aguas polares.
Ámbito de aplicación
· Buques pesqueros de 24 m o más.
· Yates de recreo de 300 GT o más que no realizan actividad comercial.
· Buques de carga de 300 GT o más, pero menores de 500 GT.
Recomendaciones
· Revisar MSC.532(107) y MSC.538(107).
· Identificar qué embarcaciones de la flota quedan comprendidas y actualizar procedimientos (incluida la posibilidad de preparar un Manual de Operaciones en Zonas Polares).
· Coordinar con la Administración para confirmar criterios y evidencias de cumplimiento.
5. Requisitos para equipos de izado, accesorios sueltos y cabrestantes de maniobra de anclas (SOLAS II-1 – MSC.532(107))
¿Qué novedad trae?
· Se incorporan requisitos obligatorios sobre diseño, pruebas, inspección, mantenimiento, registro documental y operación segura aplicables a equipos de izado, accesorios sueltos (loose gear) y cabrestantes de anclas.
· El control pasa de basarse principalmente en guías de las sociedades de clasificación a un régimen regulatorio formal.
Ámbito de aplicación
· A todos los equipos de izado, accesorios sueltos y cabrestantes de anclas con SWL ≥ 1,000 kg.
· La Administración de bandera puede decidir extender estas exigencias a equipos con SWL menor.
Recomendaciones
· Revisar MSC.532(107).
· Confirmar, según la guía de la Administración de bandera, el alcance y el régimen de inspecciones/surveys, y actualizar procedimientos internos.
· Asegurar que los equipos cumplan; de lo contrario, retirarlos de servicio.