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Alerta Privacidad y Protección de Datos - enero 2026
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Directiva sobre designación y funciones del Oficial de Datos Personales
El 31 de diciembre de 2025 se publicó la Directiva que establece las disposiciones para la designación, desempeño y funciones del Oficial de Datos Personales (la “Directiva”).
Como se recuerda, el Oficial de Datos Personales es la persona designada por una empresa para la verificación, asesoramiento e implementación del cumplimiento del régimen jurídico sobre protección de datos personales.
El Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales dispuso la obligación de designar a un Oficial de Datos Personales cuando una empresa: (i) realiza tratamiento de grandes volúmenes de datos personales; y/o, (ii) realiza actividades principales o de giro de negocio que comprendan el tratamiento de datos sensibles.
No obstante, hasta la publicación de la Directiva, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales no había emitido criterios para determinar si una empresa estaba obligada a designar al Oficial de Datos Personales. En ese sentido, la Directiva cubre dicho vacío y dispone lo siguiente:
- La Directiva establece los criterios para determinar si una empresa se encuentra obligada a designar a un Oficial de Datos Personales. Estos criterios incluyen: (i) el número de titulares de datos personales; (ii) la tipología y sensibilidad del dato; (iii) la finalidad del tratamiento y riesgo asociado; (iv) la frecuencia, duración y continuidad del tratamiento; y, (v) la demarcación territorial del tratamiento.
- La Directiva también establece el mecanismo mediante el cual la empresa debe designar al Oficial de Datos Personales, así como los requisitos que se deben cumplir para que una persona sea designada como tal. Se incluyen criterios para determinar si la persona designada como Oficial de Datos Personales cuenta con conocimientos y experiencia en materia de protección de datos personales, así como la forma de acreditarlos.
- Finalmente, la Directiva establece el contenido mínimo de la comunicación que la empresa debe realizar a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales para informar la designación del Oficial de Datos Personales. También, se establece que el Oficial de Datos Personales debe ser accesible para la autoridad competente y la información mínima del Oficial de Datos Personales que la empresa debe hacer pública luego de su nombramiento.