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Alerta
Alerta Privacidad y Protección de Datos - noviembre 2025
Para mayor información, contactar a:
noviembre 5, 2025
Reglamento del Decreto de Urgencia que aprueba el marco de confianza digital
El 5 de noviembre de 2025, se publicó el Decreto Supremo No. 126-2025-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia No. 007-2020, que estableció el marco de confianza digital y dispuso medidas para su fortalecimiento.
Destacan las siguientes disposiciones:
- El Reglamento resulta aplicable, entre otros, a las empresas del sector privado que prestan servicios digitales a través de Internet u otras redes equivalentes en el territorio nacional.
- El Reglamento tiene por objeto desarrollar las disposiciones normativas para garantizar que las interacciones digitales de las personas con los servicios digitales prestados en el territorio nacional se desarrollen de forma veraz, predecible, ética, proactiva, transparente, segura, inclusiva, confiable y de calidad.
- En ese sentido, los proveedores de servicios digitales (proveedores de servicios digitales del sector financiero, servicios básicos -energía eléctrica, agua y gas-, salud y transporte de personas, proveedores de servicios de Internet, proveedores de actividades críticas y de servicios educativos que lo brindan en el entorno digital) tienen las siguientes obligaciones, entre otras:
- Notificar al Centro Nacional de Seguridad Digital los incidentes de seguridad digital mediante los protocolos, canales y en los plazos establecidos.
- Implementar controles y medidas de seguridad en la provisión de servicios digitales.
- Establecer mecanismos de autenticación para verificar la identidad de las personas naturales que acceden a un servicio digital, considerando los niveles de confianza en la autenticación.
- Mantener una infraestructura segura, escalable e interoperable, con la finalidad de garantizar la confidencialidad, disponibilidad e integridad de los servicios digitales.
- Disponer de servicios de pago digital o electrónico con mecanismos de seguridad adecuados, cuando corresponda.
- Realizar pruebas para evaluar vulnerabilidades de los servicios digitales de manera proactiva que permitan identificar los riesgos de seguridad digital.
- Promover la innovación digital como un elemento integral para reducir los riesgos a la seguridad digital a un determinado nivel aceptable.
La implementación de las medidas de seguridad referidas anteriormente deberá realizarse conforme a lo previsto en la Ley de Protección de Datos Personales.