Boletín

Boletín Mercado de Capitales - enero 2026

febrero 3, 2026

Superintendencia del Mercado de Valores (“SMV”) modifica entrada en vigencia de cambios realizados al Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, aprobado por Resolución CONASEV No. 021-99-EF/94.10 (“RORB”), a través de Resolución SMV No. 011-2025-SMV/01 y Resolución SMV No. 018-2025-SMV/01. Mediante Resolución SMV No. 002-2026-SMV/01, publicada en el diario oficial El Peruano el 30 de enero de 2026, la SMV aprobó extender los plazos de entrada en vigencia de diversas modificaciones normativas introducidas al RORB por las resoluciones mencionadas. Así, la SMV aprobó:

  • Aplazar la entrada en vigencia de los cambios introducidos al RORB por la Resolución SMV No. 011-2025-SMV/01, fijando el 27 de abril de 2026 como su nueva fecha de entrada en vigencia. Puede obtener mayor detalle acerca de los cambios mencionados aquí.
  • Prorrogar hasta el 26 de abril de 2026 la entrada en vigencia de las modificaciones del artículo 15, y de las disposiciones complementarias de los artículos 5 y 9 del RORB, introducidas por la Resolución SMV No. 018-2025-SMV/01, referidas a la negociación de instrumentos representativos de deuda.
  • Disponer que las modificaciones del artículo 15 y de las disposiciones complementarias de los artículos 5 y 9 del RORB, incorporadas por la Resolución SMV No. 018-2025-SMV/01, relativas a la negociación de instrumentos representativos de deuda y de valores de renta variable, entren en vigencia el 27 de abril de 2026.

SMV aprueba su Agenda Temprana para el período 2026 - 2027 (“Agenda Temprana”). Mediante Resolución de Superintendente No. 009-2026-SMV/02, de fecha 29 de enero de 2026, la SMV aprobó su Agenda Temprana, incluyendo las materias y problemas públicos que serán objeto de análisis por dicha institución durante el mencionado periodo.

Tales materias y problemas públicos son las siguientes:

  • Hechos de importancia: Dificultad para identificar y divulgar determinados hechos de importancia por parte de los emisores.
  • Entidad de Contraparte Central: Mayores riesgos en la liquidación de las operaciones con valores de renta variable que se realicen en mecanismos centralizados de negociación, comparado con otros países de la Alianza del Pacífico.
  • Reconocimiento de agentes de intermediación en un mercado integrado: Existencia de limitaciones operativas y normativas para que los intermediarios de los países que participen en un mercado integrado con el Perú realicen operaciones desde sus jurisdicciones con valores registrados en Perú.
  • Patrimonios autónomos: Limitaciones operativas que impactan sobre el desempeño de los patrimonios autónomos.
  • Revelación de memoria anual con estándares internacionales: Necesidad de alinear la presentación de la memoria anual con estándares de alta calidad, comprensibles, aplicables internacionalmente y reconocidos que faciliten la comparabilidad de la información sobre sostenibilidad y cambio climático entre empresas y mercados, en particular con las NIIF S1 y S2.
  • Sandbox regulatorio: Evaluar la necesidad, así como los beneficios y alcances de crear un ambiente de prueba de modelos novedosos e innovadores en el ámbito de la SMV (Sandbox Regulatorio), tomando como referencia la experiencia local e internacional.

La referida Agenda Temprana también señala que en el primer semestre del 2026 la SMV tiene programado culminar los siguientes temas:

  • Armonización Normativa (Fase 2): Modificación del Reglamento de Agentes de Intermediación, del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, del Reglamento de Fondos de Inversión, del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
  • Modificación del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV No. 009-2006-EF-94.10.
  • Lineamientos para la Implementación y Funcionamiento del Modelo de Prevención (Ley No. 30424, sus modificatorias y su Reglamento).

Además, la Agenda Temprana indica que se tiene previsto coordinar los siguientes temas, con las entidades que se indica:

  • Revisión del nuevo Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas, con el Consejo Consultivo del Mercado de Capitales.
  • Proyecto de ley que modifique la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras (Decreto Legislativo No. 862), sobre las ofertas privadas de fondos de inversión por parte de entidades que no se encuentran bajo la supervisión de la SMV e incluir facultad a la SMV para la creación de la categoría de inversionista calificado (Ley del Mercado de Valores, Ley No. 861), con el Ministerio de Economía y Finanzas.