Alerta

Alerta Comercio Exterior y Aduanas - septiembre 2025

septiembre 9, 2025

Aprueban nuevo procedimiento de certificación de Operadores Económicos Autorizados

El jueves 4 de septiembre de 2025 la SUNAT publicó la versión 4 del procedimiento que regula las pautas para obtener la certificación como “Operador Económico Autorizado” (OEA), así como otros temas de importancia vinculados con dicha certificación. Este procedimiento entrará en vigor el 1 de enero de 2026.

Como se recuerda, la certificación OEA es voluntaria y otorga beneficios relacionados con el uso de garantías aduaneras, la agilización de procedimientos y flexibilización en los controles aduaneros.

Incorporación de nuevos operadores bajo la certificación OEA

En esta nueva versión del procedimiento, resalta la incorporación de: (i) los agentes de carga internacional y (ii) las empresas que realizan transporte internacional por vía aérea, como los nuevos tipos de operadores de comercio exterior que pueden optar por obtener la certificación como OEA. Con ello, la Administración Aduanera busca asegurar altos estándares de seguridad para casi todos los operadores que intervienen en la cadena de suministro internacional.

Es de indicar que, conforme a información disponible en la página web de la SUNAT, a la fecha, existen 430 empresas certificadas como OEA, conforme se detalla a continuación; 223 importadores, 127 exportadores, 61 agencias de aduanas, 6 depósitos aduaneros, 11 depósitos temporales, 2 empresas de servicio de entrega rápida.

Requisitos de acceso a las certificaciones más exigentes

Se aprecia una mayor exigencia a nivel del cumplimiento de requisitos para acceder a la certificación, especialmente en lo relacionado con la acreditación de: (i) la trayectoria satisfactoria en el cumplimiento de la normatividad vigente y (ii) el nivel de seguridad adecuado. Así, por ejemplo:

  • Se exige que los importadores no registren liquidaciones de cobranza por ajuste de valor u otros conceptos dentro de una ventana de tiempo de 24 meses anteriores a la fecha en que presenten su solicitud de orientación del cumplimiento de requisitos como OEA (en la versión anterior del procedimiento, esta ventana de tiempo era solo de 12 meses).
  • Se incorporan nuevas obligaciones en aspectos referidos a la planificación de seguridad, seguridad del asociado de negocio, seguridad en el proceso de transporte, entre otros.
  • Se introduce el concepto de “ciberseguridad”, regulándose nuevas obligaciones en torno a ello.
  • Se amplía la lista de infracciones consideradas para evaluar el cumplimiento adecuado de la normatividad vigente.
  • Se establece la obligación de realizar autoevaluaciones anuales sobre el mantenimiento de las condiciones y requisitos para acceder a la certificación.

Nuevos beneficios

En materia de nuevos beneficios, destaca: (i) el otorgamiento de una medida de facilitación referida a la disminución del reconocimiento físico en las declaraciones aduaneras de mercancías (DAMs) que se acogen a la exoneración del beneficio de la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, Ley No. 27037 y al beneficio del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano, (ii) la tramitación preferente en la expedición de boletines químicos y (iii) la tramitación preferente de las solicitudes de legajamiento de DAMs de cualquier régimen.

Las empresas que ya tienen la certificación como OEA deben adecuarse a los lineamientos establecidos en el nuevo procedimiento hasta el 1 de enero de 2027.