Alerta

Alerta Energía - abril 2026

abril 22, 2026

MINEM publica proyectos normativos sobre el mercado de Servicios Complementarios y su operación en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional

El 18 y 19 de abril de 2026, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) dispuso la publicación para comentarios de dos proyectos normativos relevantes para el sector eléctrico, mediante las Resoluciones Ministeriales No. 168-2026-MINEM/DM y No. 171-2026-MINEM/DM, respectivamente.

En particular, se ha puesto en consulta pública:

  • El proyecto de Resolución Directoral que modifica la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados (NTCOTR).
  • El proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de los Servicios Complementarios y dispone modificaciones al Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, al Reglamento del Mercado Mayorista de Electricidad y al Reglamento del Comité de Operación Económica del Sistema.

Ambos proyectos se enmarcan en la reciente modificación de la Ley No. 28832, realizada mediante la Ley No. 32249, conforme a la cual el MINEM reglamenta la operación y administración del mercado de Servicios Complementarios (“SSCC”).

De manera general, el proyecto de Reglamento de los SSCC propone establecer las reglas aplicables a su provisión, operación y remuneración, así como definir el rol y las condiciones de participación de los distintos agentes del sistema. Entre los principales aspectos destacan:

  • La regulación de tres categorías de SSCC: a) regulación de frecuencia; b) regulación de tensión y/o suministros locales de potencia reactiva; y, c) arranque autónomo, con la posibilidad de incorporar o retirar categorías a solicitud del COES.
  • La clasificación de SSCC entre servicios por cumplimiento normativo (obligatorios y no sujetos a compensación) y servicios ofertables (voluntarios y remunerados bajo condiciones de competencia).
  • La introducción de mecanismos de prestación y remuneración, incluyendo reglas para la determinación de precios máximos por parte de OSINERGMIN, asignación mediante ofertas, instrucciones obligatorias ante ausencia de competencia, e incentivos y penalidades por desempeño.
  • La asignación de la responsabilidad de pago conforme al principio de causalidad, estableciendo que los costos deben ser asumidos por los agentes que generan desbalances o la necesidad del servicio, incluyendo generadores, grandes usuarios y distribuidores, en función de sus inyecciones o retiros en el mercado de Corto Plazo.
  • La incorporación de la figura de los proveedores de SSCC, definiendo las condiciones de participación de generadores, transmisores, distribuidores, usuarios libres y otros agentes, así como los requisitos técnicos y operativos aplicables.
  • El régimen de títulos habilitantes, precisando cuándo la concesión vigente resulta suficiente y en qué supuestos corresponde solicitar modificaciones o autorizaciones específicas ante el MINEM.

Como parte de esta implementación, también se prevén adecuaciones del marco normativo vigente, a través de modificaciones al Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, al Reglamento del Mercado Mayorista de Electricidad y al Reglamento del COES, para integrar formalmente a los proveedores de SSCC como agentes del sistema, ajustar las reglas de liquidación y reforzar la transparencia operativa y presupuestal del COES.

Adicionalmente, se establecen plazos de adecuación de 120 días calendario para la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados (NTCOTR) y de 180 días calendario para los Procedimientos Técnicos del COES. En ese marco, el proyecto de Resolución Directoral incorpora disposiciones operativas, de información y de programación en tiempo real orientadas a alinear la NTCOTR con el nuevo régimen de los SSCC, permitiendo su integración en la operación del sistema y actualizando las reglas aplicables y las responsabilidades de los agentes del SEIN.

Los plazos para la presentación de comentarios y/o sugerencias son los siguientes:

  • Al proyecto de Resolución Directoral (modificación de la NTCOTR), hasta el 13 de mayo de 2026.
  • Al proyecto de Decreto Supremo (Reglamento de los SSCC y modificaciones normativas), hasta el 14 de mayo de 2026.