Alerta Energía - Mayo 2024
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Nuevo procedimiento de performance y riesgo eléctrico
El 20 de mayo de 2024 se publicaron dos normas de especial interés para el sector eléctrico: “Procedimiento para la Atención de Situaciones de Riesgo Eléctrico Grave” y el “Procedimiento para la Fiscalización del Performance de los Sistemas de Transmisión”. Uno de los objetivos principales de estas normas fue actualizar los procedimientos para hacerlos concordantes a la normativa vigente.
A continuación, resumimos los principales aspectos de cada una de estas normas.
Resolución N° 072-2024-OS/CD que aprueba el Procedimiento para la Atención de Situaciones de Riesgo Eléctrico Grave
La Resolución N° 072-2024-OS/CD que aprueba el “Procedimiento para la Atención de Situaciones de Riesgo Eléctrico Grave” (“Res. 072-2024”) derogó a su predecesora aprobada mediante Resolución Nº 107-2010-OS-CD (“Res. 107-2010”).
El actual procedimiento tiene por objetivo (i) actualizar la regulación teniendo en cuenta las estadísticas de accidentes mortales e incapacitantes de terceros en instalaciones eléctricas y la experiencia en fiscalización; y (ii) concordar su contenido con las normas vigentes.
Resumimos los principales cambios que introduce el actual procedimiento:
- Se incluyeuna definición deRiesgo Eléctrico Grave (“REG”) considerando que el incumplimiento de las distancias mínimas de seguridad por sí mismo, no constituye un factor determinante para la ocurrencia de REG; y por tal razón, incluye un listado de algunas delas actividades que lo propician como: trabajos en construcciones civil o afines, manipulación de elementos, trabajos subterráneos y otros.
- Se regula de manera específica las obligaciones que deben cumplir los titulares de instalaciones de transmisión y distribución, así como personas naturales o jurídicas distintas a los concesionarios y el OSINERGMIN a fin no solo de atender las comunicaciones sino adoptar medidas frente a Riesgos Eléctricos Graves.
- Las medidas previstas en el actual procedimiento pueden ser: (i) medidas de seguridad dictadas por OSINERGMIN en el marco de la Segunda Disposición Complementaria de la Ley 28151; y (ii) medidas preventivas para controlar o mitigar la situación de REG.
- Se sistematiza las actuaciones de los titulares de estas instalaciones ante situaciones de REG, divididas en: (i) acciones iniciales y preventivas ante situaciones de REG que presuponen incumplimiento de distancias de seguridad; (ii) situaciones de REG que no presuponen incumplimiento de distancias de seguridad.
- Se regula las condiciones y medios para comunicar situaciones de REG al OSINERGMIN.
- Se regula las actuaciones del OSINERGMIN referidas a la revisión de la documentación presentada, labores de inspecciones, establecimiento de medidas preventivas o de seguridad, comunicación al Ministerio Público y labores de fiscalización.
- Se precisa que las situaciones de REG relacionadas a deficiencias serán analizadas según la normativa específica de distribución (Res. 228-2009-OS/CD y el artículo 11 de la Res. 094-2017-OS/CD) y transmisión (Res. 264-2005-OS/CD).
- Finalmente, la norma precisa que los procedimientos en trámite se siguen rigiendo por el procedimiento aprobado con Res. 107-2010.
Resolución N° 073-2024-OS/CD que aprueba el Procedimiento para la Fiscalización del Performance de los Sistemas de Transmisión
La Resolución N° 073-2024-OS/CD que aprueba el “Procedimiento para la Fiscalización del Performance de los Sistemas de Transmisión” (“Res. 073-2024”) derogó a su predecesora aprobada mediante Resolución Nº 091-2006-OS-CD (“Res. 091-2006”)1.
El actual procedimiento sustituye íntegramente a su predecesora con el objetivo de (i) concordar su contenido con las normas vigentes; y, (ii) regular las tolerancias a los indicadores para componentes de transmisión (líneas y equipos de Subestación) en niveles de tensión de 500 kV, las cuales no fueron anteriormente contempladas. Adicionalmente, resumimos los principales cambios que introduce el actual procedimiento:
