Alerta Energía - mayo 2026
Para mayor información, contactar a:
Temas
Proyecto de modificación del artículo 184° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas sobre alumbrado público
El 29 de abril de 2026, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución Ministerial No. 185-2026-MINEM/DM, mediante la cual se dispuso la publicación para comentarios del proyecto de Decreto Supremo que modifica el artículo 184° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo No. 009-93-EM.
El proyecto normativo se emite en observancia del Decreto Legislativo No 1740, publicado el 13 de febrero de 2026, que modificó el artículo 94° de la Ley de Concesiones Eléctricas con el objetivo de mejorar los niveles de iluminación del alumbrado público en vías con índices de criminalidad comprobados, encargando al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) la aprobación de las adecuaciones normativas correspondientes.
La propuesta normativa busca establecer un marco regulatorio aplicable a las inversiones destinadas al mejoramiento de iluminación con fines de seguridad ciudadana, destacando, entre otros aspectos, los siguientes:
- Se regulan los proyectos de mejoramiento de iluminación por seguridad ciudadana que se ejecuten durante el período 2026-2030, los cuales se regirán por el “Procedimiento sobre Costos Adicionales” que apruebe el MINEM. Dicho procedimiento definirá los criterios técnicos y económicos para la valorización de las inversiones y el reconocimiento de los costos asociados.
- Se establecen criterios técnicos mínimos aplicables a estos proyectos, incluyendo el cumplimiento de la normativa técnica de alumbrado, el uso de tecnologías de alta eficacia lumínica y la observancia de los niveles de iluminancia, uniformidad, calidad y operatividad, cuya fiscalización corresponde a OSINERGMIN.
- El MINEM publicará anualmente la lista de vías priorizadas para la ejecución de estos proyectos. En ausencia de dicha publicación o ante situaciones de urgencia, las empresas distribuidoras podrán proponer intervenciones en vías con alta incidencia delictiva, previa aprobación del MINEM.
- La liquidación de los proyectos deberá presentarse, como máximo, el último día útil de febrero de cada año, y servirá como base para el cálculo de los cargos especiales y la actualización de la facturación del período siguiente. En este proceso, OSINERGMIN deberá evitar duplicidades con el Valor Agregado de Distribución (VAD).
- Para los periodos tarifarios posteriores a 2030, se dispone que OSINERGMIN incorpore estos estándares de iluminación por seguridad ciudadana en la regulación del VAD, garantizando el reconocimiento de costos eficientes.
El plazo para presentar comentarios al proyecto normativo vence el 14 de mayo de 2026, y estos deberán remitirse al correo Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe.