Alerta Inversión Inmobiliaria - octubre 2026
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Se aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de Lima Este 2026-2036, con nuevo plano de zonificación y actualización del sistema vial de siete distritos
El 7 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza No. 2860 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de Lima Este 2026-2036 (en adelante, el "PDU "), que rige desde el 8 de octubre de 2026.
Entre otros aspectos, el PDU publicado en el portal institucional del Instituto Metropolitano de Planificación, incorpora los siguientes cambios relevantes:
1. Nueva zonificación
El PDU aprueba un nuevo plano de zonificación para los distritos de Ate, Chaclacayo, El Agustino, La Molina, Lurigancho-Chosica, San Juan de Lurigancho y Santa Anita.
Los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento vigente conservarán la zonificación y el uso autorizado. Asimismo, mantendrán la posibilidad de tramitar modificaciones a la licencia, renovaciones de ITSE, licencias de edificación y demás actos administrativos que sean necesarios para el desarrollo de sus actividades, sin quedar sujetos a la limitación temporal prevista en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento.
2. Sistema vial
El PDU actualiza el Sistema Vial Metropolitano en Lima Este, cuya nueva clasificación de vías aplicará también a las próximas actualizaciones del PLANMET 2040 y de los demás PDU de Lima Metropolitana.
3. Afectaciones viales como cargas registrales
La Ordenanza No. 2680 dispone que las afectaciones viales se inscriban como cargas técnicas en las partidas de los predios que estén comprendidos, total o parcialmente, en la respectiva sección vial normativa. La inscripción registral será solicitada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el caso de las vías metropolitanas; por cada municipalidad distrital, en el caso de vías locales; y por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, en el caso de las vías de la Red Vial Nacional.
4. Obligaciones de las municipalidades distritales
- En 180 días calendario, deberán complementar el Índice de Usos y Giros Urbanos y aprobar su Reglamento de Niveles Operacionales. Mientras tanto se aplican los índices vigentes en lo que sean compatibles.
- En 360 días calendario, deben elaborar su Plan Urbano Distrital.
- En 360 días calendario, deben sanear e inscribir sus bienes inmuebles municipales y luego remitir al IMP el plano de esos predios.
5. Procedimientos en trámite
Los procedimientos de licencias de habilitación urbana, de edificación y de funcionamiento iniciados con normas anteriores a la aprobación del PDU, quedan sujetos a tales normas hasta su culminación.
Puedes acceder al PDU a través del siguiente enlace: https://transparencia.munlima.gob.pe/normas-emitidas