Alerta

Alerta Telecomunicaciones - octubre 2026

octubre 6, 2026

OSIPTEL modifica el Reglamento de Reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones

El 3 de octubre de 2026 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo No. 000129-2026-CD/OSIPTEL, que modifica el Texto Único Ordenado del Reglamento para la atención de gestiones y reclamos de usuarios de servicios públicos de telecomunicaciones (el “Reglamento de Reclamos”).

Los cambios al Reglamento de Reclamos incluyen, entre otros:

  1. Un ajuste de los plazos aplicables. Por ejemplo (i) un plazo máximo de diez (10) días hábiles para que las empresas operadoras resuelvan los reclamos; (ii) cinco (5) días hábiles para realizar pruebas de operatividad, visitas técnicas y demás actuaciones en reclamos de calidad e idoneidad; y (iii) diez (10) días hábiles (ampliables) para que el TRASU resuelva apelaciones o quejas. También se ajustan los plazos para generar reclamos o quejas.
  2. Permitir que las empresas operadoras implementen, de forma facultativa y previa comunicación al OSIPTEL, un Formulario Digital Inteligente con funcionalidades automatizadas.
  3. Derogar el Set de Servicios como alternativa para las empresas con 500 mil abonados o menos, que deberán acogerse al Sistema Interoperable o usar el medio físico.
  4. Obligar a los operadores a responder los problemas registrados en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, salvo que el Instructivo Técnico fije un plazo distinto.

Finalmente, la norma deroga, a partir del 1 de noviembre de 2026, el mecanismo que permitía al OSIPTEL disponer el desbloqueo de equipos terminales móviles no registrados en la “Lista Blanca”. En adelante, la regularización de estos equipos se realizará únicamente mediante los mecanismos ordinarios de registro.

La Norma entra en vigencia a los diez (10) meses de su publicación. Sin embargo, algunas disposiciones rigen desde el 4 de octubre de 2026 incluyendo, entre otras, las relativas al Sistema Interoperable.