Boletín Laboral - agosto 2025
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ACTUALIDAD LABORAL
Se habilita el registro masivo de los trabajadores en el sistema virtual del Registro Obligatorio de Contratos del Seguro de Vida Ley.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha informado que, desde el 8 de agosto de 2025, es posible proceder de esta manera. Anteriormente, los empleadores debían realizar los registros individualmente.
Sobre el particular, es oportuno recordar lo siguiente:
- Todos los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada tienen derecho al Seguro de Vida Ley desde el inicio de la relación laboral.
- El empleador está obligado a registrar la información del contrato del Seguro de Vida Ley en la página web del MTPE dentro de los 30 días calendario de suscrito el contrato.
- No cumplir con el referido registro califica como una infracción grave en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo (RLGIT) por cada trabajador afectado.
ACTUALIDAD MIGRATORIA
Se establece un nuevo marco normativo para la obtención de la nacionalidad peruana.- Las principales novedades de la Ley No. 32421 publicada el 15 de agosto de 2025 son las siguientes:
- Se reconocen cinco modalidades de nacionalidad por voluntad: Naturalización, Opción, Doble Nacionalidad, Distinción Meritoria y Deportista Calificado.
- Se eleva el requisito de residencia en el Perú, de 2 a 5 años, para la solicitar la nacionalidad por Naturalización.
- Se incrementan los años de matrimonio -casado con peruano(a)-, de 2 a 4 años, para aplicar a la nacionalidad por Opción.
- Los extranjeros casados con peruanos nacionalizados pueden aplicar a la nacionalidad peruana adjuntando el registro de obtención de la nacionalidad peruana.
- Los plazos para los procedimientos sobre la obtención de la nacionalidad peruana se han extendido hasta 18 meses, prorrogables por 6 meses adicionales.
La Ley entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su reglamento, para lo cual se ha establecido un plazo máximo de 180 días hábiles contado desde la publicación de la Ley.
INSPECCIONES
Nuevos precedentes de observancia obligatoria del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL).- Se han establecido los siguientes criterios de observancia obligatoria:

SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Se publicó el proyecto para actualizar la directiva sobre la investigación de accidentes e incidentes de trabajo.- Se publicó el proyecto de la versión 2 de la Directiva sobre el ejercicio de las actuaciones inspectivas de investigación en accidentes de trabajo e incidentes peligrosos, que guía la fiscalización de los inspectores de trabajo sobre esta materia.
La propuesta plantea ciertas modificaciones que requerirían una actualización desde la última versión del documento emitido en el año 2020.
Entre los cambios más relevantes se encontrarían los siguientes:
- Incorpora entre las definiciones al “lugar de trabajo” y las causas de los accidentes.
- Identifica los criterios para definir la competencia territorial de la investigación.
- Precisa los plazos de investigación ante un accidente mortal y no mortal.
- Establece los supuestos específicos en los que no será obligatorio para el inspector realizar la visita al lugar del accidente.
- Señala los criterios a considerar para la recopilación de información y evidencias del accidente.
- Incorpora la posibilidad de que frente a un accidente de trabajo se emita un informe de actuaciones inspectivas.
- Recoge las pautas para comunicar al Ministerio Público las sanciones impuestas por accidentes mortales.
RECORDATORIO DEL MES
Carta inductiva de la SUNAFIL requiriendo información sobre el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).- Entre otros documentos, la SUNAFIL viene solicitando a los empleadores la presentación de: (a) relación de trabajadores ingresados a la planilla electrónica a partir de mayo de 2025 hasta la fecha de presentación, (b) reportes TR5 y TR6 actualizados a la fecha de presentación; y, (c) registro de los trabajadores (constancia de aseguramiento) en el SCTR, incluyendo copias vigentes de dicho registro y, la constancia de pago del SCTR.