Boletín Mercado de Capitales - octubre 2025
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Proyectos SMV
Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) publica proyecto (el Proyecto) para modificar el Reglamento de la Actividad de Financiamiento Participativo Financiero y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución de Superintendente No. 045-2021-SMV/02 (Reglamento de Crowdfunding).
Mediante Resolución SMV No. 015-2025-SMV/01, publicada en el diario oficial El Peruano el 4 de octubre de 2025, la SMV aprobó el Proyecto, que propone principalmente:
- Autorizar el financiamiento de proyectos que se desarrollen en el extranjero a través del financiamiento participativo financiero (FPF).
- Facultar a las administradoras de plataformas de FPF (Plataformas) a ofrecer un entorno de difusión que facilite la transferencia de valores previamente colocados en dichas Plataformas.
- Ampliar el límite de financiamiento a proyectos empresariales canalizados a través de las Plataformas, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
- Permitir que las administradoras de Plataformas actúen como representantes de obligacionistas en emisiones de valores de deuda realizadas a través de las Plataformas que administran.
Para mayor información, sírvase acceder a nuestra Alerta al respecto aquí.
Proyectos SBS
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) aprueba difusión de proyecto de resolución que modifica el Título II del Compendio de Normas del SPP, referido a Gestión Empresarial, específicamente en lo referido a las autorizaciones de organización y funcionamiento de las entidades del sistema financiero y de seguros, en el marco de la reglamentación de la Ley No. 32123. Mediante aviso publicado el 1 de octubre de 2025 en el Portal de la SBS, dicha entidad publicó el proyecto en mención con el objetivo principal de viabilizar que las empresas de los sistemas financiero y de seguros establecidas en los literales A, C y D del artículo 16 de la Ley No. 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Empresas) puedan administrar uno o más fondos de pensiones, bajo el amparo de la Ley No. 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano.
El Proyecto incluye las siguientes propuestas principales:
- Los requisitos y condiciones para que las Empresas puedan operar como Empresa Administradora de Fondos de Pensiones, para lo cual deben conformar una Línea de Negocio Adicional (LNA).
- Los requisitos para que la SBS autorice a las Empresas a operar una LNA y el plazo con que cuenta la SBS para pronunciarse.
- El procedimiento para las Empresas que decidan ingresar al sistema privado de administración de fondos de pensiones a través de un proceso de licitación del servicio de administración de cuentas individuales, de que trata la Ley No. 29903.