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Real Estate Investment alert - august 2025
Se publican nuevos precedentes vinculantes de Registros Públicos
El pasado 12 de septiembre de 2025, se publicaron en el Diario Oficial “El Peruano” diversos precedentes de observancia obligatoria correspondientes a Registros Públicos. En esa línea, se precisan requisitos para inscribir la subdivisión de predios urbanos. Asimismo, se contemplan asuntos relacionados con la transferencia de dominio por sucesión intestada, la rectificación de partidas y la presentación de documentos a través del sistema de intermediación.
Para inscribir la subdivisión de predios urbanos, se ha establecido como requisito la previa inscripción de la habilitación urbana, incluso si ya consta inscrito el cambio de uso de rústico a urbano. El precedente precisa que esta exigencia no aplicará si la independización se realiza en el marco del saneamiento físico legal de la propiedad urbana informal.
Por otro lado, se establece que la transferencia de dominio por sucesión intestada constituye un acto único e invalorado, por lo que no genera pago adicional de derechos registrales por cada heredero. La misma regla aplica en caso de rectificaciones de partidas.
Del mismo modo, se establece que será un obstáculo para la inscripción de una rectificación de partidas el hecho de que se perjudique a un tercero, con independencia de que su derecho sea título gratuito u oneroso, excluyendo el derecho adquirido por sucesión. Para este efecto, se precisa que no resulta aplicable la noción de tercero registral del artículo 2014 del Código Civil.
Por último, se precisa que, cuando en un título se adjuntan dos o más traslados de escrituras públicas, uno de los cuales debe presentarse por SID-SUNARP y el otro en papel, es admisible la presentación en papel de ambos si se trata de actos no separables. De esta manera, se establece una excepción a la presentación obligatoria por el SID-SUNARP.